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06 mayo,2024

No debe aprobarse la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo: CCE

  • Va en detrimento del principio de progresividad de los derechos humanos, debilita el acceso a la justicia y afecta la competencia económica

Clase Turista

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) expresó su preocupación ante los riesgos de la reforma a la Ley de Amparo, que limita las suspensiones con efectos generales de leyes, toda vez que va en detrimento del principio de progresividad de los derechos humanos, debilita el acceso a la justicia y afecta la competencia económica.

Asimismo, reduce las facultades del juez para otorgar las suspensiones, cuando se aleguen razones de interés social y de orden público.

La suspensión es una herramienta del amparo que permite que se detengan o restituyan derechos humanos presuntamente violados, mientras se desahoga el juicio. Sin esta medida las violaciones se podrían extender por años, ser irreparables o cesar, lo que haría improcedente el amparo.

En muchos casos un amparo sin suspensión no sirve para proteger a las personas de actos inconstitucionales, además de desconocer los derechos colectivos y amenazar la eficacia de las resoluciones judiciales.

En ese sentido, la suspensión es una medida fundamental dentro del juicio de amparo, muestra de ello son los diversos juicios promovidos por particulares en los últimos años, en donde los jueces otorgaron la suspensión con efectos generales para evitar una afectación a la libre competencia y, por consecuencia, una desigualdad entre quienes tienen más posibilidades de llegar al término de un juicio y de quienes no cuentan con los recursos o la asesoría adecuada. Sin duda, el amparo constituye la principal herramienta que ofrece protección a personas y empresas frente al ejercicio de la autoridad.

Adicionalmente, las modificaciones a la Ley de Amparo pretenden impedir el otorgamiento de suspensiones en los casos que expresamente se señalen en la ley, por considerar que son supuestos que pueden causar afectación al orden público. Además de que, hacia el futuro, podría generar que se incremente el listado de asuntos en los que no puede concederse una suspensión, no obstante que con ello se afecte a la colectividad.

Por lo anterior, hacemos un respetuoso llamado a los legisladores para no aprobar esta iniciativa que debilita gravemente la defensa de las personas físicas y morales contra actos y leyes eventualmente inconstitucionales.

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